La Comisión de Regulación de Telecomunicaciones anunció una resolución de protección al usuario de servicios de acceso a Internet de alta velocidad, que contempla varias medidas tendientes a definir los parámetros de calidad técnica que deben recibir los colombianos en sus hogares.
La primera de tales consideraciones es la de definir como banda ancha únicamente a aquellos enlaces iguales o superiores a 512 kilobits por segundo (Kbps). Los que estén por debajo de tal medida, no deben comercializarse ni entenderse como banda ancha.
De otro lado, la CRT en su resolución obliga a los operadores a prestar las herramientas necesarias a sus clientes para que puedan medir tal calidad del canal que contratan.
De otro lado, el ente regulador también incluyó a los operadores celulares en tal decreto de protección al consumidor. Cada tres meses, dice la norma, los proveedores de telefonía móvil deberán informar la cantidad de llamadas fallidas y caídas en su red, factor que permitirá a la CRT controlar la calidad del servicio.
2 comentarios:
Gracias por la informacion.
Hay "buenas" noticias para los usarios de Telefonica Telecom, este operador le envio un comunicado a la CNT, solicitando el permiso para subir las tarifas a los usuarios a los q les tiene q aplicar esta nueva medida. Que viva este pais, todo para las grandes empresas y nada para los usuarios. Estarè pendiente de la respuesta, para publicarla.
EXCELENTE APORTE, GRACIAS POR EL COMENTARIO ME PARECE MUY TRISTE QUE UNA DE LAS GRANDES COMO TELECOM A PESAR DE LO QUE VIENE HACIENDO TELMEX QUE BAJANDO TARIFAS O MEJORANDO EL SERVICIO A ESTA LE DE POR SUBIRLAS Y HACERSE MENOS ACECIBLE AL BOLSILLO DE LA MAYORIA DE NOSOTROS, AUNQUE ACLARO YO TUBE SERVICIO CON TELECOM Y NO TENGO QUEJA (solo en el costo que es muy caro y si va a subir tarifas ayayay)
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